
Así lo prevé la ley 13.868 sancionada en octubre del año pasado por la Legislatura provincial que otorgaba un plazo de 12 meses para que los comercios que tengan predominio en productos alimenticios reemplacen las bolsas de nylon y de 24 meses para que lo hagan los establecimientos más pequeños.
Los que infrinjan la norma serán apercibidos "por una sola vez" y luego serán pasibles de multas de "entre diez y hasta mil sueldos básicos de la Categoría Ingresante del agrupamiento administrativo". Pueden sufrir también el decomiso de las bolsas de transporte no biodegradables, la clausura temporaria de los establecimientos hasta durante un mes y la clausura definitiva.
Además, la norma prevé que se realicen campañas de difusión y concientización sobre el uso racional del material no degradable.



